Autor: tuenweb

  • Detectives privados en Valencia contra los fraudes por incapacidad permanente

    Detectives privados en Valencia contra los fraudes por incapacidad permanente

    La legitimidad de la investigación en los procesos de invalidez laboral

    El control de las situaciones de incapacidad laboral forma parte esencial del sistema de protección social, utilizándose revisiones médicas periódicas e informes clínicos para garantizar que persisten las limitaciones que originaron la prestación. No obstante, cuando se detectan indicios de simulación o conductas manifiestamente incoherentes con la dolencia declarada, las entidades recurren a la vigilancia fuera del ámbito sanitario tradicional. En este escenario, la contratación de detectives privados en Valencia contra los fraudes por incapacidad permanente surge como una alternativa legal y eficaz para verificar de forma objetiva si el beneficiario realiza actividades incompatibles con su situación médica reconocida.

    La legalidad de emplear estos servicios especializados radica en el equilibrio entre el control del fraude y el derecho constitucional a la intimidad. A pesar de los debates jurídicos que suelen rodear estas actuaciones, la jurisprudencia española avala de forma sistemática que la vigilancia mediante investigadores privados es una práctica plenamente viable siempre que se respeten los principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad. Cualquier observación documentada en el espacio público que constate tareas contradictorias con el dictamen médico se convierte en una herramienta decisiva para los tribunales.

    Existe, sin embargo, un matiz organizativo relevante respecto a qué entidad promueve estas indagaciones según el origen de la contingencia laboral. En los casos derivados de enfermedad común, la gestión recae sobre el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), una institución pública que carece habitualmente de partidas presupuestarias específicas destinadas a la contratación recurrente de investigadores particulares. Por el contrario, cuando la invalidez trae su causa de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, son las mutuas colaboradoras las que acuden con regularidad a agencias de referencia como Ábaco Detectives para supervisar posibles irregularidades.

    Las consecuencias de ser detectado realizando tareas incompatibles con el grado de invalidez otorgado son severas para la continuidad del subsidio económico. Acciones cotidianas que impliquen esfuerzos físicos de gran intensidad, la práctica de deportes de impacto o el desempeño encubierto de un trabajo similar al que originó la pensión conllevan un riesgo inmediato de suspensión o revocación de la prestación. Por ello, las pruebas gráficas y los testimonios aportados por profesionales acreditados resultan determinantes a la hora de desarticular judicialmente picarescas o simulaciones.

    En conclusión, la fiscalización externa de las incapacidades permanentes busca asegurar la sostenibilidad y la equidad de los fondos destinados a la protección social, evitando abusos corporativos y optimizando los recursos del sistema. La intervención de firmas de investigación privadas aporta el rigor técnico y legal necesario para que tanto mutuas como empresas puedan instar la revisión de pensiones concedidas de forma indebida. De este modo, se garantiza que las prestaciones de carácter económico se dirijan exclusivamente a aquellos trabajadores que realmente las necesitan debido a sus patologías legítimas.

  • Informática forense por detectives privados en Valencia

    Informática forense por detectives privados en Valencia

    El nuevo rostro de la investigación: Descubriendo la informática forense.

    Las ciencias forenses nos han acompañado desde hace muchísimos años. Sin embargo, como es lógico, las técnicas del pasado hoy se nutren de la mejor tecnología. Esto ha dado vida a una nueva rama de investigación que se centra en el mundo digital, un área que hoy en día es vital para resolver cualquier caso.

    En una época donde los delitos informáticos no paran de crecer, contar con aliados que puedan ver lo que está oculto a simple vista es fundamental. Pero ojo, esto no lo puede hacer cualquiera: se necesita el respaldo de profesionales capacitados en rastreo, análisis y recogida de evidencias digitales.

    Si te enfrentas a un problema que involucra tecnología y necesitas respuestas claras, la informática forense es tu mejor opción. ¿No sabes muy bien cómo funciona? No te preocupes, aquí te lo contamos todo de forma sencilla.

    ¿Qué es la informática forense?

    Aunque se le conoce por varios nombres, la definición es simple: es la unión entre los procesos legales de toda la vida y la tecnología actual.

    En el pasado, los investigadores se limitaban a buscar pistas físicas en la escena, interrogar a sospechosos o seguir rastros a pie de calle. Hoy en día, los detectives privados Valencia siguen haciendo ese trabajo, pero además rastrean correos electrónicos, analizan teléfonos móviles y recuperan mensajes borrados que pueden cambiar por completo el rumbo de un proceso judicial.

    Además, esta disciplina trabaja codo con codo con la ciberseguridad. Cuando surge un problema tecnológico, los expertos digitales son capaces de encontrar las respuestas informáticas necesarias para resolver el caso con total eficacia.

    ¿Quién se encarga de extraer las pruebas digitales?

    La extracción de evidencias digitales es un trabajo delicado que solo deben realizar profesionales acreditados, como los peritos informáticos o los detectives privados Valencia especializados en entornos tecnológicos.

    Cuando un investigador entra en acción, se encarga de analizar los dispositivos para presentar pruebas sólidas que puedan usarse en un juicio. Dado que las estafas y los fraudes digitales son cada vez más frecuentes, el servicio de informática forense por detectives en Valencia se ha convertido en una herramienta imprescindible para defender los intereses de empresas y particulares ante los tribunales.

    ¿Qué funciones realiza un detective tecnológico?

    Los investigadores informáticos procesan cualquier rastro digital que exista en un caso. Para que no queden dudas, estas son sus funciones principales explicadas de forma clara:

    1. Informes y peritajes informáticos

    Cada caso es un mundo, y estos profesionales se adaptan a lo que necesitas. Tras analizar los dispositivos, redactan informes certificados y dictámenes oficiales. En ellos explican, paso a paso y sin tecnicismos imposibles, qué han encontrado y qué significa. Estos documentos son claves para que un juez pueda tomar una decisión a tu favor.

    2. Auditorías informáticas forenses

    La tecnología nos facilita la vida, pero también abre la puerta a riesgos. La mayoría de las empresas dependen de plataformas digitales para trabajar, lo que las convierte en blanco de los ciberdelincuentes. Los expertos en informática forense analizan los sistemas para detectar de dónde viene un ataque, detener a los culpables y proteger tu negocio de futuras amenazas.

    3. Recuperación y eliminación segura de datos

    ¿Crees que borrar un archivo es el fin de la historia? Para un profesional no lo es.

    • Recuperación: Si un sospechoso borra información de un disco duro o un móvil para ocultar algo, o si pierdes datos valiosos por culpa de un virus, estos expertos pueden rescatar esa información para la investigación.
    • Eliminación permanente: Si lo que necesitas es borrar datos confidenciales para siempre y asegurarte de que nadie los use en el futuro, también se encargan de ello mediante un proceso seguro y con certificación notarial.

    ¿Cómo se trabaja en la informática forense?

    Para lograr resultados impecables no basta con el talento; hace falta contar con las herramientas y metodologías más avanzadas del mercado (como OWASP Mobile, OSSTMM o Open SAMM). El software y las técnicas se actualizan constantemente para ir siempre un paso por delante de los delincuentes.

    ¿Vale la pena invertir en este servicio?

    Por supuesto. Hoy en día se resuelven miles de casos gracias a las pruebas tecnológicas. Nuestra vida está en los ordenadores y los teléfonos, y los delitos también.

    Por eso, si necesitas destapar la verdad en un asunto digital, contar con un servicio de informática forense por detectives en Valencia es la forma más segura, legal y eficaz de obtener las respuestas que necesitas.

  • ¿Detectives en el Gym?

    ¿Detectives en el Gym?

    El gimnasio no es un espacio privado que evite las fotografías de los detectives, según los tribunales

    El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado el despido de un trabajador, «pillado» en el gimnasio estando de baja por dolor de espalda, con una sintomatología que desaconsejaba los ejercicios de intensidad sobre la zona. Una sentencia en la que el tribunal estipula que el centro deportivo no es una zona «privada».

    El absentismo laboral se ha convertido en una de las mayores preocupaciones de las empresas en España. También dentro de la administración pública.

    Ausencias que se multiplican en los puestos de trabajo que llevan a muchas empresas a apostar por contratar detectives privados para comprobar si esos trabajadores realmente se encuentran en incapacidad temporal, o están intentando «engañar» al sistema.

    Una práctica que llevaba a FCC Aqualia S.A. a despedir a Jesús, un empleado de la empresa desde mayo de 2008.

    Así pues, en enero de 2022, el trabajador iniciaba una IT hasta junio de 2023 por «dolor en la parte inferior de la espalda». Una IT que volvía a causar baja en la empresa en enero de 2024, por la misma dolencia.

    Un dolor ante el que la recomendación médica era «no cargar peso sobre la espalda, no realizar ejercicios de cargas axilares de columna, saltos, carrera intensa», o ejercicios que supusiesen agresión a la zona afectada.

    Sin embargo, en abril de 2024, Detectives privados profesionales comprobaban que el trabajador, además de conducir y realizar todo tipo de actividades, había acudido a hacer un circuito intenso de montaña durante tres horas.

    También, durante varios días, «acudió a un club deportivo a realizar clases dirigidas en las que se realiza todo tipo de movimientos y esfuerzos», sin que se observase dolencia alguna.

    Algo que llevaba a la empresa a despedir al trabajador el 23 de abril de 2024 por falta muy grave.

    Ir al gimnasio puede ser motivo de despido

    Un despido que el hombre llevaba ante los tribunales. En concreto, ante el Juzgado de lo Social nº4 de Elche que, en su sentencia de 22 de noviembre de 2024, desestimaba las pretensiones del trabajador.

    Decisión que llevaba a Jesús a presentar un recurso de suplicación ante el TSJCV. Caso que recaía sobre los magistrados Isabel Moreno de Viana-Cárdenas (presidente), Miguel Ángel Beltrán Aleu y María del Carmen Torregrosa Maicas (ponente).

    Recurso en el que el trabajador alegaba que el informe del detective debía ser declarado nulo debido a que las fotos obtenidas en el gimnasio «lo fueron en un espacio privado, por lo que son ilícitas».

    Del mismo modo, alegaba Jesús que su despido era discriminatorio por baja médica. Y que, del mismo modo, no se podía demostrar una vulneración de la buena fe contractual.

    Motivos que desestimaba el tribunal.

    «El club privado, gimnasio, en el que se tomaron las fotografías no tiene la consideración de espacio reservado puesto que, de un lado, el detective obtuvo permiso para entrar; y de otro, no puede considerarse que se trate de un lugar donde se ejerce la vida íntima, personal y familiar», expone el tribunal.

    Una valoración que el TSJCV acompaña de que el trabajador no cumplió con el «leal comportamiento» que le imponía la incapacidad temporal de cara a la empresa, en busca de cooperar activamente en su recuperación. Algo que sí supone la transgresión de la buena fe contractual, justificando así su despido.

    Fallo en el que el tribunal desestima el recurso, confirmando el despido. Sin costas.

    fuente: confilegal
  • ¿Me está investigando un detective privado?

    ¿Me está investigando un detective privado?

    ¿Cómo saber si alguien ha contratado a un detective privado para investigarme?

    Contravigilancia

    Un detective privado tiene la autorización de investigar a cualquier persona, mientras haya motivos legítimos para la indagación. Los casos más comunes para contratar detective privado son la infidelidad, violencia doméstica, bajas laborales fingidas o siniestros de aseguradoras. Sin embargo, dicha vigilancia se suele realizar bajo límites legales que garantizan el derecho a la privacidad. Para comprobar si se está bajo observación se pueden contratar los servicios de otro profesional detective privado para contravigilancia. De este modo, se obtienen evidencias que respalden las sospechas personales para tomar acciones.

    ¿Cómo saber si una persona es investigada por un detective privado?

    Los especialistas en seguridad afirman que las investigaciones necesitan razones lícitas para llevarse a cabo, de lo contrario, no serían legales. Por lo tanto, es importante precisar qué causas provocan esta situación y quién es el posible contratante. Por lo general, para saber los motivos de una investigación se necesitan servicios de contravigilancia.

    La contravigilancia es un método capaz de revelar la observación o el seguimiento no autorizado por parte de individuos particulares o investigadores profesionales. Este método implica que el detective privado evalúe la situación y adopte las medidas preventivas necesarias para evitar posibles patrones de vigilancia o vulnerabilidades del contexto de una persona. De esta forma, se consigue neutralizar la exposición a información personal.

    Es probable que el detective utilice tácticas o herramientas que le permitan descubrir aparatos de espionaje como micrófonos, cámaras, dispositivos de seguimiento, entre otros. También puede vigilar con discreción a los potenciales sospechosos para identificar a las personas que están implicadas y averiguar sus intenciones.

    Servicios profesionales de contravigilancia

    Actualmente, los servicios para contratar detectives privados tienen gran demanda en España. Esto se debe a que son profesionales capacitados para abordar todo tipo de situaciones empresariales, familiares o personales, de manera legal y eficiente.

    Abaco Detectives y Criminólogos se trata de uno de los Centros de Investigación Privada y cuenta con un equipo de trabajo multidisciplinario con una amplia trayectoria. Especializados en investigaciones técnicas como la contravigilancia para detectar si una persona está siendo seguida o vigilada. Se destaca por poseer conocimientos acreditados sobre las nuevas tecnologías de seguridad para evitar vulnerabilidades cibernéticas que pongan el riesgo la intimidad de sus clientes.

    Los expertos recomiendan que quienes sospechen estar bajo vigilancia deben evitar confrontar al investigador o cualquier otra situación de peligro. De igual forma, es importante buscar asesoramiento para realizar las acciones legales.

  • Detectives privados, tribunales y oferta de vivienda. contratos de renta antigua.

    Detectives privados, tribunales y oferta de vivienda. contratos de renta antigua.

    Los propietarios basan las demandas en pruebas de incumplimiento de contrato.

    Abaco detectives & Criminólogos: «El fraude existe en este tipo de contratos y es más habitual de lo que se podría pensar». «Los propietarios se aferran a cualquier incumplimiento del contrato para darlo por finalizado y poder empezar a sacar rendimiento a su propiedad. «Recurren a nosotros para reunir pruebas de cara a fundamentar una demanda judicial». ¿La casuística más habitual con la que se encuentran? Desde personas que ya no habitan en la casa porque están en una residencia o viviendo con un hijo, y ceden el piso a un sobrino o un nieto; hasta inquilinos que ya han fallecido, y sus familiares, lejos de comunicarlo, ocupan la vivienda o incluso la realquilan a precio de mercado. «Hay casos en el que tras investigar, comprobamos que la titular del alquiler había fallecido hacía diez años y eran desde entonces los familiares los que residían en la casa con el mismo contrato de alquiler», .

    «Nos contrató una empresa que había comprado una manzana de edificios, para reconstruir, y algunos pisos estaban ocupados por inquilinos de renta antigua». Hubo que demostrar que ninguno vivía ya en la vivienda» afirma. «Fue un trabajo largo, para evitar que la defensa utilizara el argumento de que eran ausencias puntuales».

    Las pruebas del detective

    ¿Tienen validez las pruebas de los detectives para que un juez sentencie la disolución de un contrato de renta antigua? la mayoría de estos casos acaban en el juzgado y el informe del detective privado es una prueba más de toda validez, los investigadores privados suelen aportar información relevante en estos procesos: por ejemplo, para acreditar que el inquilino lleva más de seis meses sin residir en la vivienda, o que tiene otro lugar de residencia.

    Honorarios del detective

    El coste necesario para conseguir recuperar una vivienda de renta antigua cuyo inquilino incumple el contrato no es bajo. «A día de hoy puedo cobrar 150 euros más IVA por saber si un contrato tiene causa de resolución. El informe probatorio con capacidad de ir a juicio cuesta entre 1.800 euros y 2.000 euros», afirman de una agencia de detectives que pide no dar su nombre. «Puede parecer caro, pero cualquiera con una noción básica de microeconomía entiende que es una inversión muy segura», aclaran.

    El propietario puede meter los honorarios del detective en las costas, y lo tiene que pagar el inquilino si pierde el juicio.

    Mercado de vivienda distorsionado.

    Es la otra cara de la moneda inmobiliaria, la excepción en un mercado del alquiler en continua escalada de precios. Los propietarios de vivienda de renta antigua hablan de que «Es una herencia envenenada», un ejemplo, real: su madre arrendó hace 59 años. Está en el Paseo de Alfonso XII de Vigo, con vistas a toda la ría, una zona en recuperación en donde un piso de 60 metros cuadrados como el suyo superó los 500 euros semanales este verano. El doble de lo que paga su inquilina al mes.

    Por ley, los propietarios de pisos o casas de renta antigua no pueden extinguir este tipo de contratos hasta que el arrendatario se vaya o fallezca.

    Resulta imposible saber cuántos arrendamientos quedan en España con este régimen privilegiado. El sector inmobiliario habla de entre un 5 y un 10%. Lo que sí está claro es que es un número que solo puede decrecer. El alquiler de renta antigua se aplica a contratos anteriores al 9 de mayo de 1985, cuyo precio quedó congelado. Se trata de contratos de larga duración y prorrogables indefinidamente hasta el fallecimiento de su titular, que surgieron como respuesta a la situación social y económica del momento. Algunos inquilinos afortunados consiguieron subrogar estos alquileres incluso después de esta fecha, por eso todavía es un fenómeno presente, sobre todo en los cascos históricos de las ciudades, zonas de gran negocio para el alquiler vacacional.

    fuente: M. Sio Dopeso, Voz de Galicia

  • Policía Nacional: Cuidado con los servicios de investigación fraudulentos.

    Policía Nacional: Cuidado con los servicios de investigación fraudulentos.

    Para ejercer la profesión de detective se necesita de licencia sujeta a la regulación por parte del Ministerio del Interior

    La Policía Nacional explica qué casos no puede investigar un detective privado: “Deberán ponerlo inmediatamente en conocimiento de los cuerpos de seguridad”.

    Un detective privado es un profesional regulado que investiga y recopila información sobre asuntos privados para terceros, obteniendo pruebas que pueden ser utilizadas en procedimientos judiciales o en la toma de decisiones. Para ejercer de esta profesión, se debe contar con la Tarjeta de Identidad Profesional (TIP), emitida por el Ministerio del Interior, a través de la Ley 5/2014 de Seguridad Privada

    Su labor se centra en la obtención de información para clientes particulares o empresas en ámbitos como el laboral, familiar, mercantil o de seguros. Sin embargo, algo poco conocido por la población son aquellos casos que no puede investigar un detective privado. Es por ello que desde un vídeo difundido a través de redes sociales, la Policía Nacional ha explicado la labor de estos profesionales y ha explicado las circunstancias en las que no pueden operar.

    Desde la Policía indican que su labor se centra en investigar asuntos, ya sean civiles o privados, como pueden ser: bajas laborales fingidas, competencia desleal, fraudes a empresas o seguros o incluso localización de personas. Para que puedan operar en todos estos escenarios, siempre es necesario que haya un interés legítimo y dento de la ley para que su trabajo que quede marcado por irregularidades legales.

    No pueden actuar

    Los detectives privados no pueden operar con normalidad y deberán ponerlo en conocimiento de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Si durante una de sus investigaciones descubren un delito perseguible de oficio, como pueden ser: homicidios, lesiones graves o secuestros, no pueden investigarlo y deberán ponerlo inmediatamente en conocimiento de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

    Desde la Policía añaden que si existe cierto interés para ser detective privado, a través de su web tienen información disponible para todos los usuarios que quieran dedicarse a la investigación privada. A su vez recuerdan que es una competencia exclusiva de la Policía Nacional la habilitación del personal de seguridad privada.

    Licencias y situación actual

    En la actualidad, existen poco más de 5.000 licencias expedidas por el Ministerio del Interior español para ejercer como investigador privado y unas 1.500 agencias dedicadas a este sector en todo el país.

    A pesar de que la profesión tien un buen pronóstico de cara a evolucionar en el futuro al estar ligado con los medios tecnológicos, el número anual de solicitudes para obtener la licencia habilitante no es muy elevado.

    Dicho trámite sigue unos requerimientos bastante estrictos, entre los que figuran algunos como estar en posesión de una titulación específica que no se oferta en todas las universidades. No es otro que el título oficial en investigación privada o el del curso de investigación privada, según indica en su web el Ministerio en cuestión.Condenan a Mercadona por no dejar a una empleada cambiar el turno para cuidar de sus hijos: la empresa contrató un detective para vigilar al marido.

    Esta condición es imprescindible desde 2014, en parte porque busca consolidar la validez jurídica de este tipo de investigaciones, evitar el intrusismo y, por ende, el abuso o la mala praxis de la profesión. A su vez, hay que tener en cuenta que en España no existe una cultura de la investigación privada tan potente como en otros países como Estados Unidos o Reino Unido, donde la legislación es más flexible.

    La investigación privada está ganando relevancia en España en los últimos años, ya sea para destapar fraudes relacionados con bajas laborales o absentismo, encontrar a familiares para tramitar herencias o una cada vez más habitual como encontar de manera rápida quién está detrás de una situación de ciberacoso.

  • Vivienda asignada tras divorcio, informe de detectives privados: La prueba clave.

    Vivienda asignada tras divorcio, informe de detectives privados: La prueba clave.

    La Justicia ordena a una madre divorciada abandonar la vivienda familiar por convivir con su nueva pareja: el tribunal considera que la casa ya no es familiar

    El tribunal impone turnos anuales de uso entre los progenitores y aplica la doctrina del Supremo sobre pérdida del carácter familiar del domicilio

    La Audiencia Provincial de Almería ha revocado una sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de El Ejido y ha ordenado que una madre divorciada abandone la vivienda familiar al considerar probado quevive en ella de forma estable con su nueva pareja. La decisión, dictada el 10 de junio de 2025 por la Sección Primera y con ponencia de la magistrada Ana de Pedro Puertas, modifica las medidas fijadas en el divorcio de 2019 y establece un régimen de uso rotatorio anual entre ambos progenitores hasta que se liquide la sociedad de gananciales.

    La resolución, de más de veinte páginas, resuelve un conflicto familiar prolongado entre Olegario y Adela —nombres recogidos en el fallo—, divorciados desde hace seis años y con tres hijos en común. Dos de ellos, Martina y Gracia, ya son mayores de edad; el tercero, Roque, tiene 13 años. Fue precisamente este menor quien llevó al tribunal a retrasar la aplicación de la medida: la madre y los hijos podrán permanecer en la casa hasta el 30 de junio de 2026, fecha en la que deberán dejarla libre para iniciar el sistema de turnos anuales.

    Once días de seguimiento y fotografías concluyentes

    La Audiencia considera acreditado que la mujer convive con su actual pareja, José Augusto, en la vivienda que le fue asignada en el divorcio. La prueba clave fue un informe de detectives privados, que documentó con fotografías once días de seguimiento en dos periodos diferentes de 2020. En ese tiempo, el hombre fue visto entrando y saliendo con llaves, aparcando siempre en el mismo lugar, realizando compras, pernoctando varias noches y participando en tareas domésticas, “en escenas cotidianas de convivencia estable y permanente”, según recoge la sentencia.

    “Resulta acreditado que la pareja de la actora convive de forma estable y permanente en ese domicilio con la madre y los tres hijos, habiendo desaparecido el carácter de vivienda familiar”, sostiene el fallo.

    Turnos anuales de uso y sin imposición de costas

    El tribunal no opta por una extinción inmediata del derecho de uso, como pedía el padre, sino por un sistema de turnos anuales hasta que se liquide la sociedad de gananciales. A partir del 1 de julio de 2026, Olegario y Adela se alternarán cada año en la ocupación del inmueble, asumiendo en cada periodo todos los gastos de suministros y mantenimiento.

    Ambos progenitores mantienen la obligación de cubrir las necesidades de vivienda del hijo menor, por lo que la Audiencia deja abierta la posibilidad de solicitar en el futuro una revisión de la pensión de alimentos si cambian las circunstancias económicas o habitacionales.

    Por tratarse de una materia de carácter familiar, la Sala no impone costas en ninguna de las instancias y recuerda que la resolución puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

    La doctrina del Supremo sobre las nuevas parejas

    La sentencia se apoya en la doctrina fijada por el Tribunal Supremo desde 2018, que establece que cuando el progenitor custodio forma una nueva pareja y esta se instala en la vivienda familiar, el inmueble pierde su condición de tal, al pasar a servir a un núcleo distinto del originario. Esta interpretación ha sido reiterada en resoluciones posteriores de 2019, 2020 y 2024, en las que el alto tribunal permitió incluso la extinción del uso, aunque fijando un plazo prudencial —normalmente de un año— para no perjudicar a los hijos menores.Qué pasa con el dinero y bienes de la herencia en caso de divorcio.

    La Audiencia de Almería aplica ahora esa misma línea, argumentando que “no tiene sentido mantener el uso indefinido de un inmueble ganancial cuando ya no sirve a los fines del matrimonio ni al núcleo familiar original”.

  • Detectives y sindicatos : ¿puede la empresa vigilar a un delegado sindical? El Supremo aclara el alcance de la prueba

    Detectives y sindicatos : ¿puede la empresa vigilar a un delegado sindical? El Supremo aclara el alcance de la prueba

    El Supremo revocó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia, declarando lícita la prueba.

    La Sala de lo Social del Tribunal Supremo dictó, el pasado 7 de mayo de 2025, una sentencia (n. recurso 2124/2024) muy interesante sobre un despido disciplinario efectuado a un delegado sindical por uso indebido del crédito horario sindical. La cuestión clave: ¿era lícito el seguimiento con detectives que la empresa utilizó para acreditar los hechos?

    Concretamente, en este caso, un delegado sindical de la empresa en cuestión fue despedido por utilizar horas sindicales para fines personales. La empresa, ante ciertas sospechas, contrató una empresa de investigación privada, para que se efectuara un seguimiento al delegado en varias fechas en las que tenía solicitado el crédito horario.

    Es importante destacar que, tanto el juzgado de instancia como el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, declararon la nulidad del despido por vulneración de derechos fundamentales, al considerar ilícita la prueba de detectives.

    Según el juez que conoció el caso en la instancia, la empresa no habría presentado una acreditación solvente de la justificación de la decisión de recurrir al seguimiento por detective. Se añadió que si bien la empresa puede adoptar medidas de control de la actividad del representante, las mismas tienen que ser idóneas, equilibradas y proporcionadas, y la investigación solo podrá hacerse en tanto no suponga una traba o limitación a su derecho de libertad sindical o libre ejercicio del cargo, y se produce una clara vulneración del derecho fundamental de libertad sindical si la empresa no justifica las sospechas que le han llevado a la adopción de tal medida de control.

    No obstante, el Supremo revocó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia, declarando lícita la prueba.

    En este sentido, el Supremo recuerda que:

    • Las actividades sindicales se presumen lícitas y deben protegerse, pero eso no impide un control empresarial razonable si existen indicios de un uso fraudulento.
    • La prueba de detectives puede ser válida si respeta los principios de proporcionalidad, idoneidad y necesidad.
    • En este caso concreto, había sospechas fundadas, el seguimiento fue limitado a los días en que el trabajador usó horas sindicales, y no afectó a su intimidad ni a su dignidad.

    La clave, según el Supremo, no está en la mera existencia de sospechas, sino en que la medida esté justificada, sea razonable y no invada derechos fundamentales.

    En definitiva, las empresas pueden acudir a este tipo de investigaciones en el caso de necesidad de acreditar un uso abusivo del crédito horario por parte de los representantes legales de los trabajadores, pero con ciertas limitaciones:

    1. Debe existir una sospecha concreta y razonable de que el representante de los trabajadores está utilizando el crédito sindical para fines personales.
    2. El seguimiento por parte de los investigadores privados debe ser puntual, no invasivo y limitarse al tiempo y lugar relevantes. El seguimiento no puede ser indiscriminado, ni invadir la vida personal del representante de los trabajadores.
    3. Además, el seguimiento no puede convertirse en una vigilancia encubierta de la actividad sindical. El objetivo debe limitarse a comprobar si, en los días concretos solicitados como crédito horario, el trabajador realmente está realizando funciones sindicales y no actividades personales.

    Esta sentencia aclara que no todo uso del detective es ilícito, pero tampoco todo está permitido. El uso del crédito horario está protegido, se halla amparado por la presunción de probidad (es decir, se presume que no está abusando del derecho al crédito), pero no es intocable. Las empresas pueden controlar su uso, pero solo si actúan con prudencia, documentan bien las sospechas y respetan los límites legales.

    Fuente: Erica Paratore, directora en Augusta Abogados.

  • Detectives para seguir a los empleados: 4 sentencias clave del Tribunal Supremo

    Detectives para seguir a los empleados: 4 sentencias clave del Tribunal Supremo

    Recurrir a detectives para recabar pruebas que justifiquen una sanción (pudiendo llegar al despido) de un trabajador es perfectamente lícito, pero hay unas líneas rojas que las empresas no pueden rebasar

    Absentismo, bajas por incapacidad temporal, competencia desleal o teletrabajo son algunos de los supuestos donde cada vez más empresas se plantean recurrir a detectives para verificar si puede existir algún tipo de fraude o comportamiento sancionable por parte de la persona trabajadora.

    Ahora bien, hay una serie de líneas rojas que no pueden cruzarse (no cabe en ningún caso vulneración de derechos fundamentales como derecho a la intimidad, derecho al honor o el secreto de las comunicaciones) y hay que cumplir el “triple juicio” de proporcionalidad, idoneidad y necesidad.

    Éstas son algunas de las sentencias clave del Tribunal Supremo que conviene conocer sobre la prueba de detectives en el ámbito laboral.

    Licitud de la prueba de detectives

    El Tribunal Supremo se ha pronunciado de forma reiterada sobre la prueba de detectives. Entre otras, en su sentencia del 12 de septiembre de 2023 “recuerda” el TS los principios generales sobre la licitud de la prueba de detectives en el ámbito laboral en aplicación de lo establecido en la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada:

    • Los informes realizados por los servicios de investigación privada, que han de ejecutarse con respeto a los principios de razonabilidad, necesidad, idoneidad y proporcionalidad (art. 48.6 de la Ley 5/2014), tienen carácter reservado y los datos obtenidos a través de las investigaciones solo se podrán poner a disposición del cliente o, en su caso, de los órganos judiciales.
    • Los detectives privados están obligados a guardar reserva sobre las investigaciones que realicen, y no pueden facilitar datos o informaciones sobre estas más que a las personas que se las encomendaron y a los órganos judiciales y policiales competentes para el ejercicio de sus funciones (art. 50.1 de la Ley 5/2014).
    • Solo mediante requerimiento judicial o solicitud policial relacionada con el ejercicio de sus funciones en el curso de una investigación criminal o de un procedimiento sancionador se podrá acceder al contenido de las investigaciones realizadas por los detectives privados (art. 50.2 de la Ley 5/2014).

    La mera sospecha basta para poder recurrir a un detective

    No es necesario que haya indicios sólidos o irrefutables para poder recurrir a los servicios de un detective. El Tribunal Supremo entiende que la existencia de meras sospechas sobre una conducta ilícita o inadecuada por parte de un trabajador es suficiente para poder recurrir a un detective y que esto entra dentro del poder de dirección empresarial (STS de 12 de septiembre de 2023).

    Señala el TS que la clave del juicio de ilicitud de la prueba no reside en la causa o motivo que la soporta. La concurrencia de ligeras sospechas, de meros indicios o de indicios relevantes no determinan la licitud o ilicitud de la prueba en sí misma considerada (se remite el TS, entre otras, a STS de 12 de febrero de 1990).

    Y respecto de los principios de razonabilidad, necesidad, idoneidad y proporcionalidad, el TS deja claro en su sentencia que no se requiere la concurrencia de sospechas fundadas ni de un número determinado de indicios a la hora de valorar la licitud o ilicitud de la prueba de detectives.

    Domicilio habitual y los matices sobre el jardín del domicilio

    Una de las cuestiones más conflictivas en torno al uso de detectives es desde qué espacios se puede grabar al trabajador y desde cuáles no al estar en juego un derecho fundamental como el derecho a la intimidad.

    En todo caso, el domicilio particular del trabajador (domicilio habitual) está especialmente protegido, pero hay otros espacios que pueden suscitar dudas como es el caso del jardín del domicilio.

    El artículo 48.3 de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada determina expresamente lo siguiente: “En ningún caso se podrá investigar la vida íntima de las personas que transcurra en sus domicilios u otros lugares reservados”.

    El Tribunal Supremo se ha pronunciado expresamente sobre este tema y extiende al jardín (aunque con matices) la protección especial que se le otorga al domicilio particular del trabajador (STS de 25 de mayo de 2023 que desestima el recurso interpuesto por una empresa y ratifica la sentencia del TSJ de Galicia que declaró la improcedencia del despido al entender que la prueba (imágenes grabadas en el jardín) fue ilícita.

    Entiende el Supremo que el jardín del domicilio es un espacio que ha de incluirse en el concepto de domicilio del trabajador, dentro de “esos otros lugares reservados” a los que se refiere el artículo 48 de la Ley 5/2014 de Seguridad Privada.

    Parece razonable deducir, deja claro el TS, que también el jardín del domicilio del trabajador es un lugar en el que solo se puede entrar con el consentimiento de este, titular del domicilio, o, salvo supuestos de flagrante delito, mediante resolución judicial (artículo 18.2 CE).

    Ahora bien, el TS también alude a un importante matiz en la sentencia que es el siguiente: “No consta que en el presente supuesto, el jardín del trabajador fuera visible para cualquiera que pudiera pasar por su proximidad, ni que no hubiera muros, setos o vallas de cualquier naturaleza que dificultaran la visibilidad desde el exterior”.

    De hecho, este matiz de la sentencia del TS ha sido por ejemplo utilizado en una sentencia del TSJ de Canarias de 22 de febrero de 2024 para ratificar la declaración de procedencia del despido de un trabajador por actividades incompatibles con la baja (prueba de detectives: imágenes grabadas desde una azotea).

    Lo que constató el detective eran, esencialmente, actos realizados o fuera de la vivienda, o en una parte de la misma (la azotea) visible sin dificultad desde el exterior, nada de lo cual, entiende el TSJ está prohibido por el artículo 48 de la Ley de Seguridad Privada ni contraviene lo dispuesto en la STS de 25 de mayo de 2023 (STSJ de Canarias de 22 de febrero de 2024).

    Entiende en su sentencia el TSJ de Canarias que aunque no es controvertido que la vivienda en la que el detective estuvo vigilando al demandante era la residencia habitual del trabajador, y por tanto domicilio constitucionalmente protegido, resulta que la vigilancia afectó solamente o al exterior de la vivienda —exterior al que no se aplica lo previsto en los artículos 48.1.a) o 48.3 de la Ley de Seguridad Privada—, o a la azotea del inmueble, que el detective afirmó en su declaración que era perfectamente visible desde la calle, y en particular desde una pequeña elevación cercana.

    Forzar pruebas y la doctrina del fruto del árbol emponzoñado

    Otra de las líneas rojas que las empresas no pueden rebasar es saltarse la doctrina del “fruto del árbol emponzoñado” (extensión del ámbito de protección de los derechos fundamentales).

    El Tribunal Supremo lo aborda expresamente en su sentencia de 19 de febrero de 2020, en la que declara nula por coercitiva (forzar una entrevista) la prueba de detectives.

    En el caso concreto enjuiciado, el informe de la detective privada se basaba en haber forzado una entrevista profesional simulada con un trabajador para demostrar que éste, durante su jornada laboral, trabajaba por cuenta propia como abogado.

    El TS estimó el recurso interpuesto por el trabajador apelando a la doctrina del fruto del árbol emponzoñado, en cuya virtud al juez se le veda valorar no solo las pruebas obtenidas con violación de un derecho fundamental, sino también las que deriven de aquellas.

    En el caso concreto enjuiciado, la prueba es ilícita, por cuanto forzar una consulta simulada, instrumentada por una detective privada contratada por la empresa para probar que el demandante (trabajador) ejercía por cuenta propia en horas de trabajo, forzada una y otra vez por la detective, quien rechazó ver al demandante fuera de sus horas de trabajo, supuso una clara acción coactiva sobre la voluntad del trabajador, así como la utilización de procedimientos ilícitos o éticamente reprobables, que vulneró el derecho a la dignidad del trabajador, asegurada por el artículo 10 de la Constitución Española (CE), así como a su libre y espontánea determinación.

    Detectives para vigilar el crédito horario de los RLT

    ¿Se puede recurrir a un detective para verificar la utilización del crédito horario de los representantes de los trabajadores? El Tribunal Supremo ha sentenciado que es lícito recurrir a detectives para vigilar el uso del crédito horario por parte de los representantes de los trabajadores.

    En una sentencia muy reciente, que reitera doctrina, el TS estima el recurso interpuesto por una empresa que realizó un despido disciplinario de un delegado de personal por uso indebido de horas para actividades sindicales (STS de 7 de mayo de 2025, estima el recurso interpuesto por la empresa).

    «Recuerda» el TS que ya se ha pronunciado sobre esta cuestión en anteriores ocasiones [SSTS de 13 de marzo de 2012 (rcud. 1498/2011) y 551/2023, de 12 de septiembre (rcud. 2261/2022); entre otras] en el sentido de otorgar validez a la prueba de detectives cuando esta se proyecta sobre el uso del crédito horario de los representantes de los trabajadores, teniendo en cuenta que tal validez está sujeta a la prohibición, en todo caso, de la investigación de la vida íntima de las personas que transcurra en sus domicilios u otros lugares reservados, y a la prohibición de utilizar en este tipo de servicios medios personales, materiales o técnicos de tal forma que atenten contra el derecho al honor, a la intimidad personal o familiar o a la propia imagen o al secreto de las comunicaciones o a la protección de datos.

    A ello se une que, como también hemos señalado (STS de 10 de enero de 1990), las actividades de representación no pueden someterse a una vigilancia singular por parte de la empresa ni a un control de tal calibre que pueda llegar a amenazar la independencia del trabajador.

    La más reciente STS 551/2023 estableció que la vigilancia por detective acordada con cobertura en las facultades de dirección no es vulneradora de derechos fundamentales.

    Su licitud o ilicitud tampoco depende del mero hecho de que se acuerde sobre la base de ligeras sospechas, de meros indicios o de indicios relevantes, sino que se basa en criterios de razonabilidad, necesidad, idoneidad y proporcionalidad.

    Pues bien, la aplicación de la expuesta doctrina sobre el asunto que examinamos conduce, necesariamente, a la licitud de la prueba en tanto que, en los autos, no se da cuenta o razón de ninguna vulneración del derecho a la intimidad o a la dignidad del trabajador investigado, ni —una vez acreditado que la empresa tenía fundadas sospechas de un uso indebido del crédito sindical— puede sostenerse que la investigación tenía un mero carácter prospectivo.

    Por ello, el TS estima el recurso interpuesto por la empresa, declara nula la sentencia del TSJ y ordena la devolución de las actuaciones al Juzgado de lo Social de procedencia para que, partiendo de la licitud de la prueba de detectives practicada, y teniendo en cuenta la misma, proceda a dictar sentencia que resuelva la demanda sobre despido interpuesta por el trabajador.

    Jurisprudencia

    • Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Fecha: 07/05/2025 Nº de Recurso: 2124/2024 Nº de Resolución: 402/2025
    • Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Fecha: 12/09/2023 Nº de Recurso: 2261/2022 Nº de Resolución: 551/2023
    • Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Fecha: 25/05/2023 Nº de Recurso: 2339/2022 Nº de Resolución: 380/2023
    • Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Fecha: 19/02/2020 Nº de Recurso: 3943/2017 Nº de Resolución: 155/2020
    Fuente: Economist & jurist https://www.economistjurist.es/articulos-juridicos-destacados/la-revolucion-digital-en-el-sector-publico-reflexiones-juridicas-sobre-el-informe-mckinsey/

  • IA Contra IH : La inteligencia Humana de los detectives privados insustituible.

    IA Contra IH : La inteligencia Humana de los detectives privados insustituible.

    Rigor y profesionalidad: La inteligencia humana como pilar en la era de la manipulación institucional.

    Hoy en día, vivimos rodeados de tecnología y la Inteligencia Artificial (IA) se ha convertido en una fuente de información casi omnipresente. Sin embargo, este avance también ha traído consigo un nuevo problema: las llamadas “alucinaciones” de la IA. Este fenómeno se produce cuando una IA genera datos incorrectos, inventados o sin base real, y está afectando cada vez más la confianza que depositamos en sus respuestas. El reto es enorme, tanto para empresas y personas como para el propio sistema judicial, ya que la fiabilidad de la información se pone en entredicho ya sea emanada por particulares o por instituciones o cargos públicos manipuladores y desinformadores.

    En este contexto, la IA nos promete rapidez y eficiencia, pero su tendencia a “alucinar” nos recuerda que necesitamos fuentes fiables y verificadas. Es aquí donde los detectives privados cobran un papel fundamental. Frente a los algoritmos y la automatización, los detectives aportan investigaciones exhaustivas, verificación directa sobre el terreno y la tranquilidad de saber que la información se ha obtenido de manera legítima y comprobable.

    La popularización de la información gracias a la IA es un arma de doble filo. Por un lado, facilita el acceso a los datos, pero también aumenta el riesgo de desinformación. En este escenario, el detective privado se convierte en un pilar de la verdad, aportando no solo hechos, sino también la credibilidad y la cadena de custodia que hacen que esa información sea útil y, sobre todo, válida ante la ley.

    La fiabilidad de la información que obtenemos de internet —y por extensión, de la IA— ya ha sido puesta a prueba en los tribunales. Es habitual que en la justicia española y europea
    se rechacen pruebas digitales, como capturas de pantalla o publicaciones en redes sociales, si no se puede demostrar claramente su origen o si no existe un informe pericial que garantice que no han sido manipuladas. Sin una cadena de custodia adecuada o el testimonio de quien obtuvo la prueba, estos datos pueden considerarse manipulables y perder valor legal. El simple hecho de que una información esté en internet o la haya generado una IA no asegura su validez ante la ley, por lo que los jueces suelen pedir la intervención de un profesional imparcial que certifique la autenticidad y la integridad de las pruebas.

    En este debate sobre la fiabilidad de la IA, Sam Altman, CEO de OpenAI, ha hablado abiertamente sobre el fenómeno de las alucinaciones. Según él, estas alucinaciones forman parte de la “magia” y la creatividad de los modelos generativos de IA. Como él mismo ha dicho, “si buscas un dato en una base de datos, ya existen buenas herramientas para eso. Pero el hecho de que estos sistemas puedan generar ideas nuevas y ser creativos es una parte fundamental de su potencial. Lo ideal es que sean creativos cuando lo necesitamos y precisos cuando hace falta. En eso estamos trabajando”. Aun así, Altman reconoce que el problema de las alucinaciones es serio y que llevará tiempo resolverlo, quizá uno o dos años.

    Esto pone de relieve que, aunque la creatividad de la IA es valiosa, la exactitud y la veracidad siguen siendo un reto que exige investigación constante. La postura de Altman evidencia lo difícil que es equilibrar innovación y fiabilidad, y subraya la importancia de la intervención humana para verificar la información, sobre todo cuando está en juego su validez legal o su impacto en la vida real. Además, OpenAI ha publicado informes internos que demuestran que sus modelos más avanzados pueden “alucinar” incluso más que versiones anteriores en ciertas pruebas, lo que invita a la prudencia.

    En este escenario, la legislación española refuerza el papel del detective privado como profesional autorizado para obtener información y pruebas válidas en el ámbito judicial. La Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, regula esta actividad y establece que los detectives privados son los únicos profesionales legalmente habilitados para realizar investigaciones privadas. Además, el artículo 48 de la misma ley reconoce la validez de los informes de los detectives como pruebas en los procesos judiciales, gracias a los requisitos de formación, licencia y seguro que exige la ley, y al respeto de los derechos fundamentales en su trabajo.

    Por otro lado, el artículo 265.1.5o de la Ley de Enjuiciamiento Civil permite que las partes presenten informes de detectives privados como prueba documental, equiparándolos a otros medios de prueba. Esto reconoce la profesionalidad y el rigor metodológico de los detectives, lo que otorga a sus informes un valor probatorio superior al de una simple búsqueda en internet o una afirmación generada por IA.

    No podemos olvidar que, además de los detectives siguen siendo fundamentales como garantes de la información veraz. Su experiencia, su método de verificación de fuentes y su compromiso ético con la objetividad los convierten en piezas clave en la lucha contra la manipulación institucional y la desinformación en la era de la IA.

    En definitiva, en un momento en el que la frontera entre la verdad y la “alucinación” digital es cada vez más difusa, y en el que incluso los propios desarrolladores de IA reconocen los retos de la fiabilidad, los detectives privados se consolidan como figuras esenciales para garantizar la certeza, la legitimidad y la cadena de custodia de los datos, en beneficio de la seguridad jurídica .

    Paradójicamente, en una era donde la IA parecía haber llegado para salvarnos de la mentira, profesiones como la investigación privada resultan hoy más imprescindibles que nunca.